Tasaciones hipotecarias: nuevas competencias del API | JBM

Tasaciones hipotecarias: nuevas competencias del API

11/10/2016

La compra de una vivienda es una de las inversiones económicas más importantes que suelen realizar las personas a lo largo de su vida. El principal objetivo de cualquier comprador es encontrar una casa que se adapte a sus necesidades y cuyo precio se ajuste a sus capacidades adquisitivas, por lo que el valor de la vivienda es uno de los aspectos fundamentales a tener en cuenta para tomar la mejor decisión.

El precio de mercado de la vivienda es una decisión que toma individualmente el vendedor. Sin embargo la tasación es el valor real que tiene dicha vivienda en un momento determinado y debe estar certificada por un órgano homologado.

Objetivos de las tasaciones hipotecarias

La principal finalidad de la tasación es hipotecaria, ya que a la hora de que el comprador solicite una hipoteca se necesitará esta tasación para que el banco decida qué cantidad está dispuesto a financiar que, en general, no superará el 80% del valor de tasación.

Esto significa que, si el valor de tasación de la vivienda es menor al solicitado por el vendedor, este no tendrá ninguna obligación de bajar el precio de venta. No obstante, la hipoteca concedida al comprador solo financiará ese 80% de la tasación, lo que puede no ser suficiente para adquirirla.

La novedad al respecto es que una nueva resolución publicada en el BOE amplía las competencias de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria en las valoraciones y tasaciones hipotecarias.

Con el objetivo de ampliar la información al respecto, en JBM Servicios Inmobiliarios, expertos en la compra-venta de viviendas, queremos explicar las implicaciones que esta nueva normativa tiene para el sector inmobiliario.

¿Quién se ocupará de las tasaciones hipotecarias de una vivienda a partir de ahora?

Hasta la fecha, la Ley Hipotecaria establecía que las tasaciones hipotecarias de inmuebles debían ser realizadas exclusivamente por las Sociedades de Tasación, único órgano homologado para dicho fin, independientemente de si el acreedor hipotecario era una entidad financiera o un particular.

De hecho, los Registradores de la Propiedad negaban la inscripción de la hipoteca en el caso de no aportar el certificado de la Sociedad de Tasación pertinente.

Sin embargo, en una nueva resolución aprobada el pasado 14 de septiembre, la Dirección General de los Registros cambia, limitando la obligatoriedad de exigir un certificado de la Sociedad de Tasación solo a los préstamos de entidades financieras.

De este modo, en las hipotecas entre particulares las tasaciones hipotecarias de los inmuebles podrán ser realizadas por profesionales independientes, ya sean API o cualquier otro profesional que tenga en sus funciones la tasación.

Esta nueva disposición supone un cambio sustancial en cuanto a la consideración de los agentes inmobiliarios desde el punto de vista oficial, ya que además de obligar a la profesionalización, otorga una mayor responsabilidad y autonomía a las empresas inmobiliarias.

 

En JBM consideramos crucial la especialización de los agentes inmobiliarios para ofrecer un servicio integral y de calidad. Además de contar con una amplia experiencia en el mercado inmobiliario en Castellón, nuestro equipo está dirigido por Jordi Bombardó Martín, Agente de la Propiedad Inmobiliaria colegiado, por lo que con esta nueva normativa se amplían también nuestras competencias y se nos permite ofrecer un servicio más completo que incluye las valoraciones y tasaciones hipotecarias de inmuebles.



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